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El Tribunal Supremo ha ordenado a una suegra abstenerse de comunicar a terceras personas sus dudas sobre la paternidad de su nieto y a indemnizar con un pago de 9.000 euros a su nuera por difundir que el menor nació de una relación extramatrimonial de la perjudicada. Así lo establece la Sala de lo Civil del Supremo en una sentencia en la que confirma la condena que impuso la Audiencia Provincial de Huelva y rechaza el recurso interpuesto por la suegra, María del Carmen F.F