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La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que toda la información que es recibida o transmitida por celular es de carácter personal y privado y sólo mediante la orden de un juez puede ser conocida por otros. La propuesta fue emitida por el Magistrado Guillermo Ortiz Mayagoitia y fue aprobada por unanimidad de votos, los ministros argumentaron que los archivos almacenados en los celulares, tales como correos, mensajes de texto, audios, fotografías o vídeos son inviolables, formando parte del derecho a la privacidad y a la intimidad, tipificado en el artículo 16 de la constitución.
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