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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Estado debe garantizar la educación sexual a menores de edad, así como información sobre métodos anticonceptivos y orientación sobre salud sexual y reproductiva. A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, los ministros de la Segunda Sala rechazaron por unanimidad un amparo solicitado por una ciudadana de Aguascalientes, que argumentó que los padres de familia son discriminados por el Estado en su función de guiar y enseñar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas relacionadas con la sexualidad.
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