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Ni la orientación sexual ni el tipo de familia son relevantes para adoptar; lo importante es la “idoneidad de los adoptantes”, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En una jurisprudencia publicada este viernes 23 de septiembre, el máximo órgano de justicia en México concluyó que “el punto fundamental a considerar en una adopción es el interés superior del niño, niña o adolescente, con la intención de que éste forme o se integre en una familia en la cual reciba afecto, cuidados, educación y condiciones adecuadas para su desarrollo, derechos todos inherentes a su persona”.
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La orientación sexual y el tipo de familia es irrelevante para adoptar: Suprema Corte